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Nómina para ONG y Fundaciones en Ecuador 2026

Una organización sin fines de lucro en Ecuador tiene la misma obligación laboral que cualquier empresa privada frente a su personal contratado, aunque su fuente de ingresos sea la cooperación internacional, donaciones o fondos de un proyecto con fecha de cierre definida. Esa combinación —financiamiento por proyecto y obligaciones laborales permanentes— genera una confusión frecuente en ONG y fundaciones ecuatorianas: tratar como «voluntario» a quien en realidad cumple una jornada de trabajo remunerada, o usar contratos por proyecto sin liquidar correctamente al cierre de cada fase.

En esta guía revisamos cómo calcular la nómina de una ONG o fundación en Ecuador durante 2026: la diferencia legal entre voluntariado y relación laboral, el tratamiento de contratos a plazo fijo vinculados a proyectos con financiamiento externo, y los aportes IESS con el Salario Básico Unificado (SBU) vigente de $482.

Voluntariado vs. relación laboral: la línea que muchas ONG cruzan sin darse cuenta

El Código del Trabajo ecuatoriano no exige un contrato de trabajo cuando existe voluntariado genuino: una persona que colabora ocasionalmente, sin subordinación ni horario fijo, y sin recibir una contraprestación económica regular, no genera relación laboral. El problema aparece cuando una ONG llama «voluntario» a alguien que en la práctica cumple un horario fijo, recibe instrucciones directas de un superior y percibe un pago mensual regular —aunque se le llame «ayuda económica» o «viático»—. Ese esquema configura una relación laboral de hecho, con todos los derechos que eso implica: afiliación al IESS, décimo tercero, décimo cuarto, vacaciones y liquidación al término del vínculo.

La Ley Orgánica de Participación Ciudadana y las normas de voluntariado en Ecuador protegen la figura del voluntariado genuino, pero no sirven como cobertura legal para evadir obligaciones laborales cuando la relación real es de dependencia.

Contratos por proyecto y su liquidación correcta

Es común que una ONG contrate personal técnico específicamente para la duración de un proyecto financiado por cooperación internacional: un coordinador de campo, un especialista en monitoreo, un facilitador comunitario. Ese vínculo puede formalizarse como contrato a plazo fijo o por obra o servicio determinado, pero debe cumplir con todos los beneficios de ley durante su vigencia, y liquidarse correctamente al finalizar el proyecto: décimo tercero y décimo cuarto proporcionales, vacaciones no gozadas, y fondos de reserva si el trabajador superó los 12 meses de servicio continuo, incluso si fue mediante contratos sucesivos para distintas fases del mismo proyecto.

Ejemplo con un coordinador de proyecto que gana $900 mensuales durante 8 meses y termina su contrato al cierre de la fase financiada:

ConceptoFórmulaValor
Décimo tercero proporcional (8 meses)(900 x 8) / 12$600.00
Décimo cuarto proporcional (8 meses)(482 / 12) x 8$321.33
Vacaciones proporcionales (8 meses)(900 / 24) x 8$300.00
Aporte patronal IESS (11.15% mensual)900 x 0.1115$100.35/mes

Estos valores deben calcularse y pagarse independientemente de que el proyecto haya concluido por falta de renovación de fondos: el cierre del financiamiento no exime a la ONG de sus obligaciones laborales con el personal contratado.

Donaciones, cooperación internacional y presupuesto de nómina

Un reto particular de las ONG ecuatorianas es presupuestar la nómina cuando el financiamiento proviene de donantes o cooperantes internacionales con desembolsos programados en tramos. Los beneficios sociales —décimo tercero, décimo cuarto, fondos de reserva, aporte patronal IESS— deben incluirse desde el diseño del presupuesto del proyecto como costo de personal, no como un gasto adicional que se descubre al final. Muchas fundaciones subestiman el costo real de un puesto al presupuestar solo el sueldo bruto sin sumar el aproximadamente 30-35% adicional que representan los beneficios de ley y el aporte patronal.

Convenios de cooperación y régimen tributario diferenciado

Las ONG y fundaciones legalmente constituidas en Ecuador como organizaciones sin fines de lucro pueden acceder a exoneraciones tributarias específicas del Servicio de Rentas Internas (SRI), pero esas exoneraciones aplican al régimen tributario de la organización, no eliminan sus obligaciones patronales frente al IESS ni frente al Ministerio del Trabajo. El aporte patronal del 11.15%, los décimos y los fondos de reserva se pagan de la misma forma que en cualquier empresa privada, independientemente de que la fuente de los recursos sea una donación, un convenio de cooperación internacional o un fondo concursable del Estado.

Errores comunes en la nómina de ONG y fundaciones en Ecuador

  • Llamar «voluntario» a quien tiene horario fijo y pago regular. Si existe subordinación, horario y contraprestación económica periódica, la relación es laboral independientemente del nombre que se le dé.
  • No liquidar correctamente al cierre de un proyecto. El fin del financiamiento no elimina la obligación de pagar décimo tercero, décimo cuarto y vacaciones proporcionales al personal contratado para ese proyecto.
  • Subestimar el costo de personal en el presupuesto del proyecto. Este error ocurre casi siempre cuando el presupuesto se arma sobre el sueldo bruto en una hoja de cálculo que no contempla el aporte patronal ni la provisión de beneficios sociales.
  • No acumular fondos de reserva en contratos sucesivos. Si un trabajador encadena contratos por distintas fases de un mismo proyecto y supera los 12 meses continuos, tiene derecho a fondos de reserva aunque cada contrato individual sea de corta duración.

En una fundación pequeña que arma su nómina manualmente entre dos o tres proyectos con presupuestos distintos, este tipo de error se pierde fácilmente hasta que aparece en una auditoría del donante o una liquidación conflictiva.


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Lo que cambia cuando la organización maneja varios proyectos a la vez

Con un solo proyecto y tres o cuatro personas, calcular manualmente liquidaciones y proporcionales al cierre es manejable. Cuando la organización ejecuta simultáneamente cinco o seis proyectos con presupuestos, plazos y donantes distintos, repartir correctamente el costo de personal entre cada fuente de financiamiento y liquidar a tiempo a cada equipo se convierte en un proceso que una hoja de Excel compartida entre varias personas empieza a manejar mal — normalmente justo cuando un donante pide el reporte de gasto de personal por proyecto.

Preguntas Frecuentes

¿Un voluntario de una ONG en Ecuador debe estar afiliado al IESS?

No, si el voluntariado es genuino: sin subordinación, sin horario fijo y sin pago económico regular. Pero si la persona cumple horario, recibe instrucciones directas y percibe un pago mensual periódico, existe relación laboral de hecho en Ecuador y debe estar afiliada al IESS desde el primer día.

¿Qué pasa con el personal de una ONG cuando termina el financiamiento del proyecto en Ecuador?

El fin del financiamiento no exime a la organización de sus obligaciones laborales. En Ecuador, el personal contratado para el proyecto debe recibir su liquidación completa: décimo tercero y décimo cuarto proporcionales, vacaciones no gozadas, y fondos de reserva si acumuló más de 12 meses de servicio continuo.

¿Cuánto cuesta en total un empleado para una fundación en Ecuador además del sueldo?

Además del sueldo bruto, una fundación en Ecuador debe presupuestar aproximadamente 30-35% adicional por aporte patronal IESS (11.15%), décimo tercero, décimo cuarto, fondos de reserva desde el mes 13 y vacaciones. Sobre un sueldo de $900, ese costo adicional ronda los $270-315 mensuales.

¿Los contratos sucesivos en distintas fases de un proyecto generan fondos de reserva en Ecuador?

Sí. Si un trabajador en Ecuador encadena contratos con la misma ONG para distintas fases de un proyecto y supera los 12 meses de servicio continuo, tiene derecho a fondos de reserva equivalentes al 8.33% de su remuneración, calculado desde el mes 13 en adelante.

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