En una empresa de guardianía, el 90% del costo operativo es nómina. No hay inventario, no hay maquinaria pesada, no hay materia prima: hay personas cubriendo puestos que no pueden quedar vacíos ni un minuto. Por eso, un error de medio punto porcentual en el cálculo de recargos no es un detalle contable — es la diferencia entre ganar y perder el contrato.
Y el sector tiene una característica que lo vuelve particularmente sensible: los turnos de doce horas y la cobertura nocturna permanente no son la excepción, son el modelo de negocio. Eso significa que los recargos que en otras industrias aparecen una vez al mes, en guardianía aparecen en cada rol, para cada guardia, todos los meses.
Esta guía desarma la nómina de seguridad privada en Ecuador para 2026, con el SBU vigente de $482, la estructura de turnos que el sector usa realmente y el cálculo de lo que cuesta cubrir un puesto 24/7.
El cálculo que define el negocio: cuántos guardias cubren un puesto 24/7
Un puesto que debe estar cubierto las 24 horas los 7 días de la semana requiere 168 horas semanales de trabajo. La jornada ordinaria en Ecuador es de 40 horas semanales (Art. 47 del Código del Trabajo). La división es directa: 168 ÷ 40 = 4,2 personas.
En la práctica, con vacaciones, ausencias y feriados, cubrir un puesto 24/7 sin generar horas suplementarias requiere entre 4,5 y 5 guardias. Las empresas que cotizan un puesto 24/7 asumiendo 4 personas están, casi por definición, presupuestando horas extras que no facturaron.
Ese es el primer error estructural del sector, y no es un error de cálculo de nómina: es un error de cotización que la nómina después tiene que absorber.
Turnos 12×12 y 12×36: qué exige la ley
El esquema 12×12 (doce horas de trabajo, doce de descanso) promedia 84 horas semanales, muy por encima del límite legal. El 12×36 (doce de trabajo, treinta y seis de descanso) promedia 42 horas, mucho más cerca del límite y por eso es el esquema que el sector adopta cuando formaliza.
En ambos casos aplica la misma regla: toda jornada distinta a las 8 horas diarias requiere autorización de jornada especial del Ministerio del Trabajo. No es un trámite decorativo. Sin él, la diferencia entre las 12 horas trabajadas y las 8 de la jornada ordinaria se convierte en 4 horas suplementarias exigibles por turno, todos los días, para cada guardia.
Hagamos la cuenta de lo que eso significa. Un guardia con sueldo de $482 tiene un valor hora de $2.0083. Cuatro horas suplementarias al 50% por turno, en 15 turnos al mes, son $180.75 mensuales por guardia. En una empresa de 100 guardias, la exposición anual supera los $216,896.
| Tipo de hora | Recargo | Base legal |
|---|---|---|
| Suplementaria (hasta las 24h00) | +50% | Art. 55 |
| Suplementaria (24h00 a 06h00) | +100% | Art. 55 |
| Extraordinaria (sábado, domingo o feriado) | +100% | Art. 55 |
| Jornada nocturna (22h00 a 06h00) | +25% | Art. 49 |
El recargo nocturno es permanente, no ocasional
Un guardia en turno nocturno trabaja entre las 19h00 y las 07h00. De esas doce horas, ocho caen dentro de la franja nocturna (22h00 a 06h00) y generan el recargo del 25% del Art. 49.
Con sueldo de $482, cada hora nocturna suma $0.5021 de recargo. En un mes con 15 turnos nocturnos: 15 × 8 × $0.5021 = $60.25. Es un valor recurrente, no un extra. Y como es recurrente y habitual, forma parte de la base de aportación al IESS y del cálculo del décimo tercer sueldo.
Aquí aparece el segundo error caro del sector: empresas que pagan el recargo nocturno como «bono de turno» fuera de rol. Ese bono, al ser habitual, es remuneración. No aportarlo al IESS genera una diferencia que se acumula silenciosamente y aparece en una glosa o en una liquidación. Conviene contrastarlo con la guía completa de jornada nocturna y recargo del 25%.
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Salario sectorial de vigilancia: el SBU no es la referencia
Las comisiones sectoriales del Ministerio del Trabajo fijan mínimos por rama de actividad, y la vigilancia y seguridad privada tiene los suyos. El SBU 2026 de $482 es el piso absoluto, pero el cargo de guardia de seguridad, supervisor de seguridad y operador de central de monitoreo tienen estructuras salariales propias en las tablas sectoriales.
Antes de fijar sueldos conviene revisar la tabla vigente en la guía de salarios sectoriales Ecuador 2026. Pagar el SBU a un cargo con mínimo sectorial superior genera una diferencia exigible con retroactivo, y es uno de los primeros puntos que revisa una inspección del sector.
Aportes al IESS y riesgos del sector
| Concepto | Porcentaje | Lo asume |
|---|---|---|
| Aporte personal IESS | 9.45% | Trabajador |
| Aporte patronal IESS | 11.15% | Empleador |
| IECE + SECAP | 1,00% | Empleador |
| Costo patronal total sobre el aporte | 12,15% | Empleador |
| Fondos de reserva (desde el mes 13) | 8.33% | Empleador |
Base: SBU 2026 de $482. El aporte patronal al IESS es del 11.15%; al sumar el 0,5% del IECE y el 0,5% del SECAP, el descuento total que el empleador transfiere al sistema llega al 12,15%.
La seguridad privada tiene una particularidad de riesgo: el personal armado y los puestos de alto riesgo elevan la exposición a accidentes de trabajo. El aviso al IESS dentro de los diez días es obligatorio, y el empleador mantiene la obligación de aportar durante el período de subsidio.
Costo real de un guardia: ejemplo completo
Guardia con sueldo de $482, más de un año de servicio, 15 turnos nocturnos al mes de 8 horas nocturnas cada uno.
| Concepto | Valor mensual |
|---|---|
| Sueldo base (SBU 2026) | $482,00 |
| Recargo nocturno (120 h × 25%) | $60.25 |
| Aporte patronal IESS (11.15%) | $60.46 |
| Fondos de reserva (8.33%) | $45.17 |
| Provisión décimo tercero | $45.19 |
| Provisión décimo cuarto | $40.17 |
| Provisión vacaciones | $22.59 |
| Costo total mensual | $755.83 |
Multiplicado por 4,5 guardias para cubrir un puesto 24/7, el costo mensual del puesto supera los $3,401 antes de uniformes, equipamiento, supervisión y margen. Cotizar por debajo de esa cifra es cotizar a pérdida.
Errores frecuentes en la nómina de guardianía
- Cotizar puestos 24/7 con 4 guardias. El número mínimo real es 4,2 sin ausencias; con vacaciones y feriados, entre 4,5 y 5.
- Operar turnos de 12 horas sin jornada especial autorizada. Genera 4 horas suplementarias exigibles por turno.
- Pagar el recargo nocturno como bono fuera de rol. Al ser habitual es remuneración, aporta al IESS y entra en décimos.
- Descontar uniformes del sueldo. La dotación de uniforme y equipamiento es obligación del empleador y no puede descontarse del trabajador.
- Provisionar décimos solo sobre el sueldo base. Con recargos que suman $60.25 mensuales, la provisión queda corta cada mes y el faltante aparece en diciembre.
El cuarto punto genera confusión frecuente: la dotación de uniformes es una obligación patronal, no un beneficio descontable. Vale la pena revisar el detalle en la guía de nómina para construcción, donde la misma regla aplica al equipo de protección personal.
Conclusión: el margen del sector vive en el rol de pagos
En guardianía, el rol de pagos no es un trámite administrativo posterior a la operación: es la operación. Cada turno mal clasificado, cada recargo pagado fuera de rol y cada puesto cotizado con una persona de menos se traduce directamente en margen perdido o en contingencia legal acumulada.
Lo que cambia cuando una empresa de seguridad crece no es la dificultad de la fórmula —el 25% nocturno es el mismo para 10 guardias que para 300—. Lo que cambia es el costo de un error: un recargo mal calculado replicado en 300 roles durante ocho meses se convierte en una cifra de seis dígitos que nadie presupuestó.
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Preguntas Frecuentes
¿Cuántos guardias se necesitan para cubrir un puesto 24/7 en Ecuador?
Se necesitan mínimo 4,2 guardias en teoría, porque un puesto 24/7 requiere 168 horas semanales y la jornada legal en Ecuador es de 40 horas semanales según el Art. 47 del Código del Trabajo. En la práctica, considerando vacaciones, feriados y ausencias, se requieren entre 4,5 y 5 guardias para cubrir el puesto sin generar horas suplementarias.
¿Cuánto es el recargo nocturno para un guardia de seguridad en Ecuador?
El recargo nocturno en Ecuador es del 25% sobre el valor hora, aplicable a las horas trabajadas entre las 22h00 y las 06h00, según el Art. 49 del Código del Trabajo. Con el SBU 2026 de $482, el valor hora es $2.0083 y cada hora nocturna suma $0.5021. Un guardia con 15 turnos nocturnos de 8 horas nocturnas cobra $60.25 de recargo al mes.
¿Son legales los turnos 12×12 en seguridad privada en Ecuador?
Los turnos de 12 horas requieren autorización previa de jornada especial ante el Ministerio del Trabajo de Ecuador. El esquema 12×12 promedia 84 horas semanales, muy por encima de las 40 horas legales, por lo que en la práctica el sector usa el esquema 12×36, que promedia 42 horas. Sin autorización, cada turno genera 4 horas suplementarias exigibles con recargo del 50% o 100%.
¿La empresa puede descontar el uniforme del sueldo del guardia en Ecuador?
No. En Ecuador la dotación de uniformes y equipamiento de trabajo es una obligación del empleador y no puede descontarse de la remuneración del trabajador. Descontarlo constituye una retención indebida y puede generar multas del Ministerio del Trabajo que van desde $318 hasta $954, además de la obligación de devolver los valores descontados.
¿El bono de turno nocturno aporta al IESS en Ecuador?
Sí. Si el pago por turno nocturno es habitual y permanente, constituye remuneración y forma parte de la base de aportación al IESS, con el 9,45% de aporte personal y el 11,15% patronal. También debe incluirse en el cálculo del décimo tercer sueldo. Pagarlo fuera de rol como bono no lo exime de aportación y genera diferencias exigibles.




